Ayudas, subvenciones y becas: Subvención plurianual de mellora das coleccións bibliográficas na Rede de bibliotecas públicas de Galicia 2015-2016

Subvención plurianual de mellora das coleccións bibliográficas na Rede de bibliotecas públicas de Galicia 2015-2016

La Consellería de Cultura, Educación e Ordenación Universitaria, a través de la Secretaría Xeral de Cultura, publica en el DOG núm. 126, del 7 de julio de 2015, la Orden del 22 de junio de 2015 por la que se establecen las bases reguladoras de la subvención plurianual a ayuntamientos de Galicia para la mejora de las colecciones bibliográficas de las bibliotecas o agencias de lectura públicas municipales integradas en la Red de bibliotecas de Galicia y se procede a su convocatoria para el período del 1 de mayo de 2015 al 1 de abril de 2016.

Beneficiarios: Podrán optar la estas subvenciones los ayuntamientos de Galicia titulares de bibliotecas o agencias de lectura pública integradas en la Red de bibliotecas de Galicia con una población igual o inferior a 30.000 habitantes.

Importe: La cuantía indicativa inicial de la subvención se determinará en función del número de habitantes de cada ayuntamiento solicitante, según las cifras oficiales de población en 1 de enero de 2013 publicadas por el Instituto Galego de Estatística, y van de los 500 a los 2.500 €. Este importe inicial puede ser ampliado en función de las disponibilidades presupuestarias, lo que podrá dar lugar al incremento de la cuantía total de las subvenciones, de acuerdo con el dispuesto en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Presentación de las solicitudes: La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.es). Para la presentación de las solicitudes será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Plazo de presentación: Los ayuntamientos que deseen acogerse la esta orden deberán presentar la correspondiente solicitud en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Estado de tramite: En trámite

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