Elementos singulares

En el  interior y alrededor del paisaje cultural de la Ribeira Sacra se identifican otros bienes existentes, ya sean Bienes de Interés Cultural (BIC) declarados de forma individual, contornos de protección también aprobados, bienes catalogados u otros bienes que destacan por su contribución a la definición de los valores extraordinarios de la Ribeira Sacra, según se ha expuesto en el Anexo II.

Algunos de estos bienes son interiores al área del paisaje cultural delimitado (los llamados intraámbitos), y otros son exteriores a la misma (los llamados exoámbitos), ya que se localizan o bien en la bocarribeira o bien incluso a distancia de ella, pero tienen una clara vinculación.

El método de la delimitación de estos intraámbitos y exoámbitos varía según sus condiciones de implantación, pero en muchos de los casos responde ya a procedimientos previos que fueron perfeccionados o asumidos por la legislación vigente. Por lo tanto algunos de ellos mantienen su delimitación, y para otros se proponen una delimitación bajo los mismos criterios o las determinaciones de carácter subsidiario vigente:

  • En el caso de los Bienes de Interés Cultural con la categoría de conjunto histórico, como Monforte y Castro Caldelas, se mantiene su delimitación, zonificación y régimen. Los límites georreferenciados de los conjuntos históricos fueron tomados de los límites oficiales disponibles en formato *.shp en el Visor do catálogo dos paisaxes de Galicia de la Xunta de Galicia.
  • En el caso de los Bienes de Interés Cultural con la categoría de monumento con un contorno de protección específico también aprobado o incluido en la misma declaración, se mantiene su delimitación, contorno de protección y régimen. ES el caso de la iglesia de Santo Estevo de Chouzán (Carballedo), de la iglesia de Santa María de Pesqueras (Chantada), del monasterio de San Pedro de Rocas (Esgos), del monasterio de Santo Estevo de Ribas de Miño (O Saviñao), del monasterio de Santo Estevo de Atán (Pantón), del monasterio de Santa Cristina de Ribas de Sil (Santa Cristina de Ribas de Sil), de la iglesia de San Facundo de Ribas de Miño (Paradela) y del monasterio de Santa María de Xunqueira de Espadanedo.
  • Para los bienes de interés cultural declarados con la categoría de monumento para los que no había sido publicada una delimitación en su decreto o norma de aprobación, se emplearon como referencia principal las propuestas de delimitación de contorno recogidas en sus expedientes o, de ser el caso, las delimitaciones propuestas en los documentos de planeamiento urbanístico en vigor o en trámite de aprobación, como mejor manera de integrar los regímenes de protección efectivos. Subsidiariamente se emplearon los criterios generales usados en la delimitación del paisaje cultural, bien para corregir errores o bien para adaptarse a la estructura del territorio inmediato. Es el caso de Puente Bibei (A Pobra de Trives - Quiroga), de la iglesia de San Xoán da Cova (Carballedo), del monasterio de Santa María de Montederramo, del monasterio de Santo Estevo de Ribas de Sil (Nogueira de Ramuín), del monasterio de San Paio de Diomondi (O Saviñao), de la iglesia del monasterio de San Miguel de Eiré (Pantón), del monasterio de Santa María de Herrera de Pantón, de la iglesia de San Fiz de Cangas (Pantón), de la colegiata de San Nicolás o San Xoán de Portomarín, y de la iglesia de San Pedro de Bembibre (Taboada).
  • En el caso de los bienes actualmente sólo catalogados, inmuebles del patrimonio cultural recogido en los inventarios previos de la Dirección General del Patrimonio Cultural y aun no clasificado, o bienes sin ninguna protección vigente, sus límites fueron digitalizados según la información recogida de los instrumentos de planeamiento urbanístico aprobados o en trámite, y en su defecto, se proponen una delimitación específica, con la categoría que corresponde a su interés y tipología y con la base de los criterios generales recogidos en este anexo. ES el caso de bienes como Adegas de Vilachá (A Pobra do Brollón), ciudadela de Santa María (A Pobra de Trives), iglesia de Santa María de Temes (Carballedo), capilla del poblado de los Peares (Carballedo), monasterio de San Paio de Abeleda (Castro Caldelas), iglesia de Santa María de Nogueira de Miño (Chantada), subestación del embalse de Belesar (Chantada), monasterio de San Salvador de Asma (Chantada), pazo de Tor (Monforte de Lemos), capilla de la Virgen de Guadalupe (O Saviñao), iglesia de Santa María de Seteventos (O Saviñao), iglesia y casa rectoral de San Vicente de Pombeiro (Pantón), fábrica de la luz del río Mao (Parada de Sil), necrópolis de San Vítor de Barxacova (Parada de Sil), poblado de los Covallos en Montefurado (Quiroga), explotaciones mineras y túnel de Montefurado (Quiroga), y molinos del Xabrega (Sober).

Los límites de los inmuebles fueron digitalizados adaptándose al parcelario del Catastro Oficial de España; para sus contornos fueron digitalizados límites aproximados, ya que la escala y calidad de las dichas fichas no siempre permitía adaptarlo al parcelario existente, si bien se procuró el mayor ajuste posible sobre la estructura del territorio.

Como criterio subsidiario, las nuevas delimitaciones se adaptan al parcelario y elementos significativos de la estructura del territorio, tomando como referencias las distancias establecidas en el artículo 38 de la Ley 5/2016, de 4 de mayo, del patrimonio cultural de Galicia, según su tipología y localización.